
Derecho bancario, deudas y reestructuraciones
Le ayudamos a negociar, reestructurar o defender su posición frente a bancos, cooperativas y entidades financieras en Ecuador.
¿Tiene una deuda bancaria que no puede pagar?
Si está atrasado en el pago de un crédito, si el banco le cobra intereses que no entiende, si recibió una notificación de cobranza judicial o si simplemente no sabe cómo salir de una deuda que crece cada mes, no está solo. En Ecuador, 3 de cada 10 personas con créditos vigentes registran una calificación negativa en el buró de crédito.
La buena noticia es que existen alternativas legales para enfrentar esta situación: refinanciamiento, reestructuración, negociación directa con la entidad financiera, acceso a mecanismos de alivio financiero, y en algunos casos, defensa legal frente a cobros abusivos o cláusulas ilegales.
En Carlos V. Espinosa C. & Asociados somos especialistas en derecho bancario. Revisamos sus contratos, analizamos los intereses y las condiciones de su crédito, le explicamos sus opciones con claridad y le representamos frente a la entidad financiera para alcanzar la mejor solución posible.
¿Cómo le podemos ayudar?
Reestructuración de deudas
Negociamos nuevas condiciones de pago con su banco o cooperativa.
Defensa ante cobros abusivos
Revisamos contratos e intereses para detectar cláusulas ilegales.
Defensa en cobranza judicial
Le representamos frente a demandas y procesos coactivos.
Alivio financiero
Le ayudamos a acceder a beneficios de la ley de alivio financiero.
¿En qué consiste cada servicio?
Seleccione el servicio que le interesa para conocer cómo funciona y cuándo conviene utilizarlo.
Reestructuración y refinanciamiento de deudas
Cuando ya no puede pagar su crédito en las condiciones originales, la reestructuración y el refinanciamiento son mecanismos que permiten modificar las condiciones del préstamo: extender el plazo, reducir la cuota mensual, obtener períodos de gracia, consolidar varias deudas en una sola operación o incluso acceder a nuevos recursos.
La diferencia entre ambos depende de qué tan atrasado está. El refinanciamiento aplica cuando el crédito todavía tiene un nivel de riesgo bajo o moderado (calificación hasta B-2). La reestructuración se aplica cuando la capacidad de pago es insuficiente y la calificación de riesgo es más baja.
Nosotros preparamos su solicitud, documentamos su situación financiera, y negociamos con la entidad las mejores condiciones posibles. Un acuerdo bien negociado puede reducir significativamente su carga mensual y evitar que su crédito se declare como cartera castigada.
Revisión de contratos e intereses
Muchos contratos de crédito contienen cláusulas abusivas, intereses excesivos, cobros no autorizados o condiciones que no fueron debidamente informadas al momento de firmar. La legislación ecuatoriana protege al consumidor financiero y establece límites a lo que las entidades financieras pueden cobrar.
Revisamos su contrato original, la tabla de amortización, los estados de cuenta y los cobros realizados para determinar si se han aplicado intereses por encima de las tasas máximas permitidas, si se han capitalizado intereses ilegalmente, o si existen cobros por servicios no solicitados.
Si encontramos irregularidades, le representamos para reclamar ante la entidad financiera, ante la Superintendencia de Bancos o, si es necesario, ante los tribunales.
Defensa en cobranza judicial y procesos coactivos
Si un banco o cooperativa ha iniciado un proceso judicial de cobro en su contra, o si una entidad pública como el IESS o el SRI ha iniciado un procedimiento coactivo, usted tiene derecho a defenderse. No quedarse callado marca la diferencia entre perder todo y alcanzar un acuerdo razonable.
Analizamos la demanda o el procedimiento para verificar que se hayan respetado sus derechos procesales, que los montos reclamados sean correctos, y que no existan vicios que permitan impugnar el proceso. Le representamos en todas las instancias y, cuando es posible, negociamos un acuerdo extrajudicial que le permita resolver la situación sin llegar a remate de bienes.
Ley de alivio financiero y beneficios vigentes
La Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador (aprobada en 2024, reglamentada en marzo 2025) establece mecanismos extraordinarios de alivio para personas y empresas que han visto reducida su capacidad de pago.
Entre los beneficios que contempla: suspensión de procesos coactivos por parte del BIESS, BanEcuador y banca pública, remisión de intereses y multas en créditos productivos, condonación de deudas de crédito educativo, reestructuración de créditos hipotecarios con períodos de gracia, y extinción de deudas menores de la banca cerrada.
Adicionalmente, la Junta de Política y Regulación Financiera (JPRF) ha emitido resoluciones que permiten a bancos y cooperativas ofrecer programas de refinanciamiento y reestructuración con condiciones favorables: períodos de gracia, eliminación de gastos de cobranza, consolidación de deudas y recalificación del crédito a categoría A-1.
Le asesoramos para determinar si usted califica para alguno de estos beneficios, preparamos la solicitud y hacemos seguimiento hasta que se aplique efectivamente.
Tarjetas de crédito y deudas de consumo
Las deudas de tarjetas de crédito y créditos de consumo suelen tener las tasas de interés más altas del mercado financiero y son las que más rápido crecen cuando se dejan de pagar. Si solo está pagando el mínimo o si ya dejó de pagar, la deuda puede duplicarse en poco tiempo por acumulación de intereses y cargos.
Le ayudamos a negociar directamente con el emisor de la tarjeta o con la entidad financiera para alcanzar un acuerdo de pago realista que detenga la acumulación de intereses y le permita saldar la deuda en condiciones que pueda cumplir.
¿Qué tipos de deudas atendemos?
- Créditos hipotecarios: deudas por compra de vivienda o terreno con garantía inmobiliaria, incluyendo créditos del BIESS
- Créditos de consumo: préstamos personales, compra de vehículos y otros créditos sin garantía real
- Tarjetas de crédito: deudas con emisores de tarjetas, intereses por pago mínimo, cargos no reconocidos
- Microcrédito y crédito productivo: deudas de emprendedores, pequeños negocios y productores agropecuarios
- Créditos educativos: deudas con la SENESCYT, IECE o instituciones educativas
- Deudas con cooperativas: créditos con cooperativas de ahorro y crédito del sector popular y solidario
- Deudas con el IESS: aportes patronales, préstamos quirografarios e hipotecarios del BIESS
- Deudas de la banca cerrada: obligaciones heredadas de instituciones financieras extintas (RECYCOB)
Sin importar el tipo de deuda, el primer paso siempre es entender cuánto debe realmente, bajo qué condiciones y qué opciones tiene. Eso es exactamente lo que hacemos en la primera consulta.
¿Cuándo debería consultar a un abogado bancario?
Muchas personas esperan demasiado antes de buscar asesoría legal. Mientras más temprano actúe, más opciones tiene. Estas son señales de que necesita asesoramiento:
- Lleva más de 60 días sin poder pagar una cuota y la deuda sigue creciendo
- El banco le ofrece una reestructuración pero usted no está seguro de que las condiciones sean justas
- Recibió una notificación de cobranza judicial o un auto de pago
- Le embargaron o le amenazaron con embargar bienes o cuentas
- No entiende cuánto debe realmente ni cómo se calcularon los intereses
- Aparece reportado en el buró de crédito con información que considera incorrecta
- Quiere saber si califica para algún beneficio de la ley de alivio financiero
- Tiene una deuda heredada de la banca cerrada y no sabe si todavía es exigible
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre refinanciamiento y reestructuración?
El refinanciamiento aplica cuando el atraso es moderado (calificación hasta B-2): se modifican las condiciones del crédito (plazo, cuota, tasa) para que pueda ponerse al día. La reestructuración se aplica cuando la capacidad de pago es muy reducida y la calificación de riesgo es más baja. En ambos casos, se busca que la deuda sea sostenible y que usted pueda cumplir con las nuevas condiciones.
¿Puedo negociar directamente con el banco sin abogado?
Puede intentarlo, pero tenga en cuenta que el banco tiene un equipo legal y financiero trabajando a su favor. Un abogado especializado equilibra esa relación: revisa que las condiciones propuestas sean justas, detecta cobros irregulares que usted podría pasar por alto, y negocia desde una posición técnica que suele resultar en mejores condiciones para usted.
¿Qué pasa si no pago mi deuda bancaria?
Si deja de pagar, el banco puede reportarlo al buró de crédito (afectando su acceso a futuros créditos), iniciar un proceso de cobranza extrajudicial, y eventualmente demandarle judicialmente. Si el crédito tiene garantía real (hipoteca), puede llegarse al remate del bien. Por eso es importante actuar antes de que la situación escale.
¿Qué es la Ley de Alivio Financiero y quién puede beneficiarse?
Es una ley aprobada en 2024 que establece mecanismos extraordinarios de alivio para personas y empresas afectadas por la crisis económica. Incluye suspensión de coactivas del BIESS y banca pública, remisión de intereses en créditos productivos, condonación de deudas educativas y facilidades para MIPYMES. Los requisitos específicos dependen del tipo de deuda y la entidad acreedora. Le asesoramos para determinar si califica.
¿Pueden embargarme la casa si no pago un crédito hipotecario?
Sí, si la deuda está garantizada con hipoteca, el banco puede iniciar un proceso judicial para ejecutar la garantía. Sin embargo, existen defensas legales y plazos procesales que un abogado puede utilizar para negociar un acuerdo antes de llegar al remate. En muchos casos, es posible reestructurar la deuda o aplicar a beneficios de la ley de alivio financiero para evitar la pérdida del inmueble.
¿Cómo puedo salir del buró de crédito?
El buró de crédito refleja su historial crediticio. La forma más directa de mejorar su calificación es ponerse al día con sus obligaciones, ya sea pagando, reestructurando o refinanciando. Si los datos registrados son incorrectos o desactualizados, puede solicitar la rectificación ante la entidad o interponer una acción de hábeas data. Nosotros le asesoramos en ambos caminos.
¿Tengo deuda con un banco cerrado, todavía me pueden cobrar?
Las deudas de instituciones financieras extintas fueron transferidas a entidades como RECYCOB o al Banco Central. Dependiendo del monto y la antigüedad de la deuda, podría beneficiarse de mecanismos de condonación o recálculo establecidos por ley. La Ley de Alivio Financiero de 2024 incluye disposiciones específicas para deudas de la banca cerrada de hasta cierto monto. Evaluamos su caso para determinar si la deuda es aún exigible y bajo qué condiciones.
¿Necesita ayuda con una deuda bancaria?
Escríbanos por formulario o WhatsApp. La primera consulta es sin cargo y sin compromiso. Revisamos su situación y le explicamos todas sus opciones.
Contacto
Complete el formulario y le responderemos a la brevedad. La primera consulta es sin cargo.



